Diferencia entre revisiones de «SIU-Mapuche/Version3.23.0/Novedades funcionales»
(→Principales novedades funcionales) |
|||
(No se muestra una edición intermedia del mismo usuario) | |||
Línea 5: | Línea 5: | ||
<p style="margin: 0; padding: 0;">Número de versión: <strong>3.23.0</strong></p> | <p style="margin: 0; padding: 0;">Número de versión: <strong>3.23.0</strong></p> | ||
− | <p style="margin: 0; padding: 0;">Fecha de publicación: ''' | + | <p style="margin: 0; padding: 0;">Fecha de publicación: '''04/01/2024'''</p> |
</div> | </div> | ||
<p style="clear: both;"></p> | <p style="clear: both;"></p> | ||
=== Principales novedades funcionales === | === Principales novedades funcionales === | ||
+ | * Incorporación del nuevo calculador de impuesto a las ganancias - '''Impuesto Cedular''' | ||
+ | * Se agrega la opción de calcular el impuesto a las ganancias según el Capítulo III de la Ley de Impuesto a las Ganancias (t.o. en 2019), ”Impuesto Cedular sobre los mayores ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones de privilegio y otros.” | ||
+ | * En esta versión van a convivir los dos calculadores, pasamos a comentarles algunas particularidades sobre cómo se realizarán los cálculos de impuesto a las ganancias y cómo deberán configurar Mapuche para poder utilizarlos: | ||
+ | * Posibilidad de seleccionar el calculador a utilizar: en configuración > impuestos > parámetros para ganancias, se deberá elegir de qué forma se va a realizar el cálculo mensual. Se recomienda revisar este punto SIEMPRE antes de calcular. | ||
+ | # Impuesto a las ganancias (1) | ||
+ | # Impuesto cedular (2) | ||
− | + | '''Importante:''' Tengan en cuenta que en esta versión sólo se podrá hacer el cálculo de todos los legajos con el mismo calculador. | |
− | |||
− | |||
− | |||
− | |||
− | |||
− | + | Si se selecciona el '''Impuesto a las Ganancias''' | |
− | + | El calculador funcionará como el primer tramo del año 2023, se deberán actualizar desde configuración > impositivos: las deducciones personales, las escalas de alícuotas art 94, los topes de la remuneración bruta mensual y los incrementos de la deducción especial. | |
− | + | ||
+ | Si se selecciona el '''Impuesto Cedular''', deberán considerar lo siguiente | ||
+ | '''Deducciones Personales''': Sólo se considera la ganancia no imponible. La carga de los importes deberá realizarse desde configuración > impositivos> deducciones acumuladas con el código 41 y si se trata de zona patagónica con el código 51. | ||
+ | |||
+ | '''Deducciones Generales''': No se consideran para el cálculo (Jubilación, Obra Social, Servicio Doméstico, etc). | ||
+ | |||
+ | '''Escala de alícuotas''': se deberán cargar desde configuración > impositivos> Escala de Alícuotas Impuesto Cedular. | ||
+ | |||
+ | '''Exenciones''': tendrán el mismo tratamiento que en el calculador de impuesto a las ganancias. |
Revisión actual del 11:38 4 ene 2024
< Documentación versión
Número de versión: 3.23.0
Fecha de publicación: 04/01/2024
Principales novedades funcionales
- Incorporación del nuevo calculador de impuesto a las ganancias - Impuesto Cedular
- Se agrega la opción de calcular el impuesto a las ganancias según el Capítulo III de la Ley de Impuesto a las Ganancias (t.o. en 2019), ”Impuesto Cedular sobre los mayores ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones de privilegio y otros.”
- En esta versión van a convivir los dos calculadores, pasamos a comentarles algunas particularidades sobre cómo se realizarán los cálculos de impuesto a las ganancias y cómo deberán configurar Mapuche para poder utilizarlos:
- Posibilidad de seleccionar el calculador a utilizar: en configuración > impuestos > parámetros para ganancias, se deberá elegir de qué forma se va a realizar el cálculo mensual. Se recomienda revisar este punto SIEMPRE antes de calcular.
- Impuesto a las ganancias (1)
- Impuesto cedular (2)
Importante: Tengan en cuenta que en esta versión sólo se podrá hacer el cálculo de todos los legajos con el mismo calculador.
Si se selecciona el Impuesto a las Ganancias
El calculador funcionará como el primer tramo del año 2023, se deberán actualizar desde configuración > impositivos: las deducciones personales, las escalas de alícuotas art 94, los topes de la remuneración bruta mensual y los incrementos de la deducción especial.
Si se selecciona el Impuesto Cedular, deberán considerar lo siguiente
Deducciones Personales: Sólo se considera la ganancia no imponible. La carga de los importes deberá realizarse desde configuración > impositivos> deducciones acumuladas con el código 41 y si se trata de zona patagónica con el código 51.
Deducciones Generales: No se consideran para el cálculo (Jubilación, Obra Social, Servicio Doméstico, etc).
Escala de alícuotas: se deberán cargar desde configuración > impositivos> Escala de Alícuotas Impuesto Cedular.
Exenciones: tendrán el mismo tratamiento que en el calculador de impuesto a las ganancias.