Diferencia entre revisiones de «SIU-Mapuche/Version3.24.0/Documentacion de las operaciones/comunicacion/afip/lsd»
Línea 50: | Línea 50: | ||
La nueva funcionalidad, permite la generación de los archivos que representan la información de las liquidaciones del periodo. Para su generación deberá acceder a la siguiente funcionalidad, previendo una serie de configuraciones previas. | La nueva funcionalidad, permite la generación de los archivos que representan la información de las liquidaciones del periodo. Para su generación deberá acceder a la siguiente funcionalidad, previendo una serie de configuraciones previas. | ||
+ | |||
+ | NOTA: SIU-Mapuche describe en el siguiente punto como acceder a esta funcionalidad FUNCIONALIDAD dentro del sistema. | ||
+ | |||
+ | ==== Estructura de los registros contenidos en el Archivo 02 ==== | ||
+ | |||
+ | En función de las liquidaciones realizadas en el período (cerradas y con check de SICOSS de AFIP), se generará un archivo con las siguientes características: | ||
+ | |||
+ | 1 Ser un archivo de texto con extensión “.txt” y formato de codificación “ANSI”. | ||
+ | 2 No comprimido. | ||
+ | |||
+ | Cada archivo, en función de su naturaleza contendrá diferentes tipos de registro permitidos: | ||
+ | |||
+ | Registros tipo ‘01’: para informar datos referenciales de la liquidación en el archivo a ingresar. | ||
+ | Registros tipo ‘02’: con datos generales de la liquidación de sueldo de cada trabajador. | ||
+ | Registros tipo ‘03’: es el detalle de los conceptos de sueldo liquidados a cada trabajador. El conjunto de conceptos usados para la liquidación de cada trabajador deberán ser detallados, indistintamente que pertenezcan a más de una designación (cargo) | ||
+ | Registros tipo ‘04’: atributos de la relación laboral de cada trabajador para la determinación de las deudas con el SUSS. | ||
+ | Registros tipo ‘05’: información detallada de los trabajadores eventuales para la emisión del Libro Especial, Dec. 342/1992. | ||
+ | |||
+ | |||
+ | '''INTEGRIDAD DEL ARCHIVO''' | ||
+ | |||
+ | * Deberán informar un registro tipo ‘01’ en forma obligatoria. | ||
+ | * Para trabajadores propios, además son obligatorios los registros ‘02’ a ‘04’. | ||
+ | * En el caso de Empresas Usuarias que declaren trabajadores eventuales (modalidad de contrato ‘102’), son obligatorios los registros ‘04’ y ‘05’. | ||
+ | * Para aquellos casos de licencias especiales (por ejemplo: maternidad, reserva de puesto, etc.) para las cuales puede no realizarse un recibo de haberes, se podrán omitir los registros ’02’ y ‘03’, de manera tal que estos trabajadores no estarán incluidos en el Libro de Sueldos, pero si en la nómina de la DJ F931. | ||
+ | |||
+ | '''ORDENAMIENTO DE LA INFORMACIÓN PARA SU IMPORTACIÓN''' | ||
+ | |||
+ | La aplicación está preparada para recibir archivos cuyos registros vengan informados en cualquier orden, salvo el registro tipo ‘01’ que debe ser el primero del archivo obligatoriamente. | ||
+ | |||
+ | EJEMPLO DE SALIDA para una liquidación de todo lo liquidado para un trabajador. (no discrimina cargos) | ||
+ | |||
+ | 0130536216584SJ202309M0000130002549 | ||
+ | 02200452339292004523392GENERALES DEPENDENCIAS 072040238800003273168603020230930202309303 | ||
+ | 03200452339291120 01600 000000059267162C | ||
+ | 03200452339291120 01600 000000059267162C | ||
+ | 03200452339291127 02800 000000008997184C | ||
+ | 03200452339291296 00500 000000001909500C | ||
+ | 03200452339291296 02900 000000009379084C | ||
+ | 03200452339291781 00100 000000006707317C | ||
+ | 03200452339292010 00300%000000011268326D | ||
+ | 03200452339292450 00100 000000000386790D | ||
+ | 04200452339290000104001020930010001010100000000300000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000001455274090000001024393290000001455274090000001455274090000001024393290000001024393290000000000000000000000000000000000001455274090000001455274090000000000000000000000000000000000001450581630000000004 | ||
+ | 69246 | ||
+ | |||
+ | '''CONSIDERACIONES''' | ||
+ | |||
+ | El archivo deberá construirse en base a las siguientes consideraciones: | ||
+ | |||
+ | * Se construye UN archivo por cada liquidación del período. | ||
+ | * Cada archivo contiene un único registro tipo 01, con los datos de la liquidación, y el dato de cantidad de registros tipo 04 existentes en el mismo archivo. | ||
+ | * Por cada agente con haberes en el período, deberá informarse un registro tipo 02. | ||
+ | |||
+ | NOTA: Para aquellos casos de licencias especiales durante todo el período que se declara (por ejemplo: maternidad, reserva de puesto, etc.) para las cuales puede no realizarse un recibo de haberes, es factible que no se generen los registros ’02’ y ‘03’, de manera tal que estos trabajadores podrán no estar incluidos en el Libro de Sueldos, pero si en la nómina de la DJ F931. | ||
+ | |||
+ | Por cada liquidación y cada agente se informará un registro tipo 03 por cada concepto. La configuración del concepto en el archivo 01 será determinante para garantizar la consistencia entre los registros 03 y las bases imponibles de registro tipo 04. | ||
+ | |||
+ | NOTA: Para aquellos casos de licencias especiales durante todo el período que se declara (por ejemplo: maternidad, reserva de puesto, etc.) para las cuales puede no realizarse un recibo de haberes, es factible que no se generen los registros ’02’ y ‘03’, de manera tal que estos trabajadores podrán no estar incluidos en el Libro de Sueldos, pero si en la nómina de la DJ F931. | ||
+ | |||
+ | Por cada liquidación y cada agente deberá haber un registro tipo 04. | ||
+ | |||
+ | NOTA: Si en el periodo, hay más de una liquidación, las bases imponibles del registro 04 de la última liquidación reflejará los acumulados de todos los registros 04 de las liquidaciones del período importadas con anterioridad. | ||
Revisión del 08:52 15 feb 2024

< Documentación de las operaciones
Sumario
[ocultar]Generación de Salida para Libro de Sueldo Digital - AFIP
Introducción - Requerimiento AFIP
Se crea una nueva opción en Comunicación / AFIP para generar el archivo 02 del nuevo requerimiento de AFIP: Libro de Sueldo Digital.
Este archivo es parte de lo que exige AFIP a las instituciones para que puedan, desde el aplicativo mencionado, generar tanto el Libro de Sueldos Ley como el F931.
Detalle del Requerimiento
La aplicación Libro de Sueldos Digital (LSD), cuenta con tres módulos, los que se presentan en la pantalla de inicio:
1. MÓDULO CONCEPTOS
2. MÓDULO LIQUIDACIONES Y DDJJ
3. MÓDULO CONSULTAS
A través del Módulo de CONCEPTOS, el empleador deberá registrar todos los ítems (conceptos de liquidación) que utiliza en sus liquidaciones de sueldo y asociar cada uno de ellos, con alguno de los conceptos predefinidos por la AFIP.
Ello configura la ‘parametrización’, acción que se efectuará por única vez, ó ante cada incorporación de un nuevo concepto en su sistema de haberes.
La parametrización de Conceptos puede efectuarse utilizando tres métodos:
i) Carga Manual
ii) Carga Masiva por Copia
iii) Carga Masiva por Importación de archivo (archivo 01)
NOTA: SIU-Mapuche No presenta una FUNCIONALIDAD que permita generar el archivo 01 para la carga masiva. Cada Institución deberá resolver esta parametrización por alguno de los métodos antes mencionados. A continuación se detalla la estructura del archivo 01, en caso que el método sea el de Carga masiva por importación.
A través del Módulo de LIQUIDACIONES Y DDJJ, el empleador deberá ingresar todos los meses, las distintas liquidaciones de sueldos que realice y que representen las "hojas" del Libro de Sueldos que debe cumplimentar por normativa.
Tomando la información de todas las liquidaciones ingresadas en el período, el sistema permitirá la conformación de la declaración jurada de Seguridad Social (F931).
En el siguiente esquema se observa la relación existente entre la/las liquidaciones de haberes y la generación de la Declaración Jurada F-931, por cada período:
La nueva funcionalidad, permite la generación de los archivos que representan la información de las liquidaciones del periodo. Para su generación deberá acceder a la siguiente funcionalidad, previendo una serie de configuraciones previas.
NOTA: SIU-Mapuche describe en el siguiente punto como acceder a esta funcionalidad FUNCIONALIDAD dentro del sistema.
Estructura de los registros contenidos en el Archivo 02
En función de las liquidaciones realizadas en el período (cerradas y con check de SICOSS de AFIP), se generará un archivo con las siguientes características:
1 Ser un archivo de texto con extensión “.txt” y formato de codificación “ANSI”. 2 No comprimido.
Cada archivo, en función de su naturaleza contendrá diferentes tipos de registro permitidos:
Registros tipo ‘01’: para informar datos referenciales de la liquidación en el archivo a ingresar. Registros tipo ‘02’: con datos generales de la liquidación de sueldo de cada trabajador. Registros tipo ‘03’: es el detalle de los conceptos de sueldo liquidados a cada trabajador. El conjunto de conceptos usados para la liquidación de cada trabajador deberán ser detallados, indistintamente que pertenezcan a más de una designación (cargo) Registros tipo ‘04’: atributos de la relación laboral de cada trabajador para la determinación de las deudas con el SUSS. Registros tipo ‘05’: información detallada de los trabajadores eventuales para la emisión del Libro Especial, Dec. 342/1992.
INTEGRIDAD DEL ARCHIVO
- Deberán informar un registro tipo ‘01’ en forma obligatoria.
- Para trabajadores propios, además son obligatorios los registros ‘02’ a ‘04’.
- En el caso de Empresas Usuarias que declaren trabajadores eventuales (modalidad de contrato ‘102’), son obligatorios los registros ‘04’ y ‘05’.
- Para aquellos casos de licencias especiales (por ejemplo: maternidad, reserva de puesto, etc.) para las cuales puede no realizarse un recibo de haberes, se podrán omitir los registros ’02’ y ‘03’, de manera tal que estos trabajadores no estarán incluidos en el Libro de Sueldos, pero si en la nómina de la DJ F931.
ORDENAMIENTO DE LA INFORMACIÓN PARA SU IMPORTACIÓN
La aplicación está preparada para recibir archivos cuyos registros vengan informados en cualquier orden, salvo el registro tipo ‘01’ que debe ser el primero del archivo obligatoriamente.
EJEMPLO DE SALIDA para una liquidación de todo lo liquidado para un trabajador. (no discrimina cargos)
0130536216584SJ202309M0000130002549 02200452339292004523392GENERALES DEPENDENCIAS 072040238800003273168603020230930202309303 03200452339291120 01600 000000059267162C 03200452339291120 01600 000000059267162C 03200452339291127 02800 000000008997184C 03200452339291296 00500 000000001909500C 03200452339291296 02900 000000009379084C 03200452339291781 00100 000000006707317C 03200452339292010 00300%000000011268326D 03200452339292450 00100 000000000386790D 04200452339290000104001020930010001010100000000300000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000001455274090000001024393290000001455274090000001455274090000001024393290000001024393290000000000000000000000000000000000001455274090000001455274090000000000000000000000000000000000001450581630000000004 69246
CONSIDERACIONES
El archivo deberá construirse en base a las siguientes consideraciones:
- Se construye UN archivo por cada liquidación del período.
- Cada archivo contiene un único registro tipo 01, con los datos de la liquidación, y el dato de cantidad de registros tipo 04 existentes en el mismo archivo.
- Por cada agente con haberes en el período, deberá informarse un registro tipo 02.
NOTA: Para aquellos casos de licencias especiales durante todo el período que se declara (por ejemplo: maternidad, reserva de puesto, etc.) para las cuales puede no realizarse un recibo de haberes, es factible que no se generen los registros ’02’ y ‘03’, de manera tal que estos trabajadores podrán no estar incluidos en el Libro de Sueldos, pero si en la nómina de la DJ F931.
Por cada liquidación y cada agente se informará un registro tipo 03 por cada concepto. La configuración del concepto en el archivo 01 será determinante para garantizar la consistencia entre los registros 03 y las bases imponibles de registro tipo 04.
NOTA: Para aquellos casos de licencias especiales durante todo el período que se declara (por ejemplo: maternidad, reserva de puesto, etc.) para las cuales puede no realizarse un recibo de haberes, es factible que no se generen los registros ’02’ y ‘03’, de manera tal que estos trabajadores podrán no estar incluidos en el Libro de Sueldos, pero si en la nómina de la DJ F931.
Por cada liquidación y cada agente deberá haber un registro tipo 04.
NOTA: Si en el periodo, hay más de una liquidación, las bases imponibles del registro 04 de la última liquidación reflejará los acumulados de todos los registros 04 de las liquidaciones del período importadas con anterioridad.
Acceder a la Funcionalidad
Podrá generarse el archivo mencionado desde la opción Comunicación / AFIP / Libro de Sueldo Digital.