Diferencia entre revisiones de «SIU-Pilaga/version3.0.3/documentacion de las operaciones/fondos no presupuestarios/retenciones/abm porcentajes a retener»
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+ | No imponible: Es el mínimo no imponible que establece la Normativa según el impuesto. Este importe se resta de la factura, ya sea Neta de IVA o del total.<br /> | ||
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+ | Piso para retener: El importe del piso señala que si el resultante de la retención no es superior a éste, la retención debe ser $0.- | ||
+ | Norma y Fecha norma: Se podrá incluir a nivel informativo la Norma impositiva de la Retención.<br /> | ||
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Revisión del 11:58 7 jun 2017
ABM – Porcentajes a Retener:
Se consolida la configuración impositiva de los puntos anteriores y se agregan las alícuotas de retención de acuerdo a la Normativa correspondiente.
Como ejemplo tomamos a) IG Bienes y b) IG Régimen Profesionales Liberales.
a) IG Bienes
b) IG Régimen Profesionales Liberales
Concepto: Seleccionar el Impuesto.
Condición y Régimen: El despliegue muestra todas las opciones creadas para el Impuesto seleccionado.
Escala: Si el Régimen incluye una Escala de Retenciones, se deberá agregar en esta opción, previamente creada la misma.
Pct Iva a retener: % de retención IVA (si la Condición cuenta con la opción de Resta Iva, se tomará esta alícuota al momento del cálculo).
Pct a retener: Alícuota de Retención.
No imponible: Es el mínimo no imponible que establece la Normativa según el impuesto. Este importe se resta de la factura, ya sea Neta de IVA o del total.
Piso para retener: El importe del piso señala que si el resultante de la retención no es superior a éste, la retención debe ser $0.-
Norma y Fecha norma: Se podrá incluir a nivel informativo la Norma impositiva de la Retención.