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Generación de Salida para Libro de Sueldo Digital - AFIP

Introducción - Requerimiento AFIP

En SIU-Mapuche se crea una nueva opción en Comunicación / AFIP para generar el archivo 02 para atender el nuevo requerimiento de AFIP: Libro de Sueldo Digital - LSD (Nuevo Aplicativo AFIP).

Este archivo es parte de lo que se exige a las instituciones para que puedan, desde el aplicativo mencionado, generar tanto el Libro de Sueldos Ley como el F931. La información exigida se conforma de la siguiente manera:

  • Información de los conceptos de liquidación. (Archivo 01)
  • Información de la institución, los trabajadores activos (previsional y de revista), y las liquidaciones de haberes.(Archivo 02)


Detalle del Requerimiento

La aplicación Libro de Sueldos Digital (LSD), cuenta con tres módulos, los que se presentan en la pantalla de inicio:

1. MÓDULO CONCEPTOS

2. MÓDULO LIQUIDACIONES Y DDJJ

3. MÓDULO CONSULTAS

1. Módulo de CONCEPTOS

A través del Módulo de CONCEPTOS, el empleador deberá registrar todos los ítems (conceptos de liquidación) que utiliza en sus liquidaciones de sueldo y asociar cada uno de ellos, con alguno de los conceptos predefinidos por la AFIP.

Ello configura la ‘parametrización’, acción que se efectuará por única vez, ó ante cada incorporación de un nuevo concepto en su sistema de haberes.

La parametrización de Conceptos puede efectuarse utilizando tres métodos:


  • i) Carga Manual (Concepto por concepto)
  • ii) Carga Masiva por Copia.
  • iii) Carga Masiva por Importación de archivo (archivo 01)


NOTA: SIU-Mapuche No presenta una FUNCIONALIDAD que permita generar el archivo 01 para la carga masiva. Cada Institución deberá resolver esta parametrización por alguno de los métodos antes mencionados. A continuación se detalla la estructura del archivo 01, en caso que el método sea el de Carga masiva por importación.


MAP Comunicacion afip estructura archivo01 A.png MAP Comunicacion afip estructura archivo01 B.png

2. Módulo de LIQUIDACIONES Y DDJJ

A través del Módulo de LIQUIDACIONES Y DDJJ, el empleador deberá ingresar todos los meses, las distintas liquidaciones de sueldos que realice y que representen las "hojas" del Libro de Sueldos que debe cumplimentar por normativa. Tomando la información de todas las liquidaciones ingresadas en el período, el sistema permitirá la conformación de la declaración jurada de Seguridad Social (F931).

En el siguiente esquema se observa la relación existente entre la/las liquidaciones de haberes y la generación de la Declaración Jurada F-931, por cada período:


Esquema

NOTA: SIU-Mapuche describe en el siguiente punto como acceder a esta funcionalidad FUNCIONALIDAD dentro del sistema.

Estructura de los registros contenidos en el Archivo 02

En función de las liquidaciones realizadas en el período (cerradas y con check de SICOSS de AFIP), se generará un archivo con las siguientes características:

  • 1 Ser un archivo de texto con extensión “.txt” y formato de codificación “ANSI”.
  • 2 No comprimido.

Cada archivo, en función de su naturaleza contendrá diferentes tipos de registro permitidos:

  • Registros tipo ‘01’: para informar datos referenciales de la liquidación en el archivo a ingresar.
  • Registros tipo ‘02’: con datos generales de la liquidación de sueldo de cada trabajador.
  • Registros tipo ‘03’: es el detalle de los conceptos de sueldo liquidados a cada trabajador. El conjunto de conceptos usados para la liquidación de cada trabajador deberán ser detallados, indistintamente que pertenezcan a más de una designación (cargo)
  • Registros tipo ‘04’: atributos de la relación laboral de cada trabajador para la determinación de las deudas con el SUSS.
  • Registros tipo ‘05’: información detallada de los trabajadores eventuales para la emisión del Libro Especial, Dec. 342/1992.

https://www.afip.gob.ar/LibrodeSueldosDigital/documentos/nuevos/G15_interfaz_de_liquidacion_LSD.pdf

https://www.afip.gob.ar/LibrodeSueldosDigital/documentos/ConceptosBasicosGuiadeUso.pdf

INTEGRIDAD DEL ARCHIVO

  • Deberán informar un registro tipo ‘01’ en forma obligatoria.
  • Para trabajadores propios, además son obligatorios los registros ‘02’ a ‘04’.
  • En el caso de Empresas Usuarias que declaren trabajadores eventuales (modalidad de contrato ‘102’), son obligatorios los registros ‘04’ y ‘05’.
  • Para aquellos casos de licencias especiales (por ejemplo: maternidad, reserva de puesto, etc.) para las cuales puede no realizarse un recibo de haberes, se podrán omitir los registros ’02’ y ‘03’, de manera tal que estos trabajadores no estarán incluidos en el Libro de Sueldos, pero si en la nómina de la DJ F931.


CONSIDERACIONES

El sistema construye los archivos .txt tomando las siguientes consideraciones en base a lo exigido por AFIP:

  • Se construye UN archivo por cada liquidación del período.
  • Cada archivo contiene un único registro tipo 01, con los datos de la liquidación, y el dato de cantidad de registros tipo 04 existentes en el mismo archivo.
  • Por cada agente con haberes en el período, deberá informarse un registro tipo 02.

NOTA: Para aquellos casos de licencias especiales durante todo el período que se declara (por ejemplo: maternidad, reserva de puesto, etc.) para las cuales puede no realizarse un recibo de haberes, es factible que no se generen los registros ’02’ y ‘03’, de manera tal que estos trabajadores podrán no estar incluidos en el Libro de Sueldos, pero si en la nómina de la DJ F931.

  • Por cada liquidación y cada agente se informará un registro tipo 03 por cada concepto. La configuración del concepto en el archivo 01 será determinante para garantizar la consistencia entre los registros 03 y las bases imponibles de registro tipo 04.

NOTA: Para aquellos casos de licencias especiales durante todo el período que se declara (por ejemplo: maternidad, reserva de puesto, etc.) para las cuales puede no realizarse un recibo de haberes, es factible que no se generen los registros ’02’ y ‘03’, de manera tal que estos trabajadores podrán no estar incluidos en el Libro de Sueldos, pero si en la nómina de la DJ F931.

  • Por cada liquidación y cada agente deberá haber un registro tipo 04.

NOTA: Si en el periodo, hay más de una liquidación, las bases imponibles del registro 04 del archivo de la última liquidación, reflejará los acumulados de todos los registros 04 de los archivos de liquidaciones del período generados con anterioridad.

Acceder a la Funcionalidad

La nueva funcionalidad, permite la generación de los archivos que representan la información de las liquidaciones del periodo. Para su generación deberá acceder a la siguiente funcionalidad, previendo una serie de configuraciones previas.

Podrá generarse el archivo mencionado desde la opción Comunicación / AFIP / Libro de Sueldo Digital (Dto.438/23).


Funcionalidad

Esta opción permite generar los archivos 02 para todas las liquidaciones que deban ser impactadas según hayan sido parametrizadas. En el proceso y previo a su generación, el sistema muestra todas las liquidaciones que formarán parte del reporte, y otros parámetros similares a los que deben completarse para la generación del SICOSS de AFIP. Una vez completado los parámetros puede procederse a la generación (Botón Generar).

Parametrización

El proceso de generación puede tardar unos minutos. Luego de finalizado presenta la opción de descargar el archivo generado. Se genera un archivo .zip que contiene todos los archivos 02, uno por cada liquidación. Estos últimos se nominan con el número de liquidación que tienen en SIU-Mapuche.

Descarga

Se podrá acceder a lo descargado, en la carpeta que usa el usuario para las descargas habituales.

Acceso a lo descargado

Una vez descargado deberá descomprimir y podrá acceder a los archivos contenidos. Estos archivos deberán ser importados en el aplicativo LSD de AFIP, en el orden ascendente de las liquidaciones. ESTO ES MUY IMPORTANTE.

Visualización de la descarga


Configuraciones

Deberán preverse las siguientes configuraciones previo a la generación de los archivos 02.


CÓDIGO LOCALIDAD AFIP - Configuración > Seguridad Social y Seguros > Parámetros de Seguridad Social

Deberá establecerse este código, unico para cada institución, para posibilitar la generación de esta salida.


Configuración


DEFINICIÓN DE LIQUIDACIÓN - Actualización > Definición de Liquidación


En la definición de cada liquidación deberá establecerse el tipo de liquidación, y si la liquidación deberá impactar en las salidas AFIP o no.

Configuración

En la siguiente imagen se muestra el check que indica que una liquidación debe ser tenida en cuenta en las salidas para AFIP.

Configuración